Las infracciones que podemos cometer cuando circulamos por carretera están castigadas por la Dirección General de Tráfico (DGT) mediante las multas económicas, que pueden ser menos o más altas, según el caso. El objetivo no es otro que evitar, en lo posible, esas situaciones que pongan en peligro la seguridad vial del resto de conductores. Tradicionalmente, existen las infracciones de tráfico leves, graves o muy graves, que pueden ir desde los 100 euros, o menos, hasta los más de 500 euros.
Por un lado, están las multas por exceso de velocidad, cuya cuantía y cantidad de puntos restados depende del límite que sobrepasemos. Aparte, también nos pueden sancionar por otro tipo de infracciones. Sin embargo, cada año se actualizan y modifican algunas para mejorar la situación en las carreteras españolas.
Tabla de contenidos
Exceso de velocidad y sanción
Si circulamos por cualquier vía superando el límite obligatorio establecido por una señal de tráfico, podemos incurrir en un exceso de velocidad grave o muy grave, siendo este último supuesto el de mayor multa económica. Si sobrepasas solo 20 kilómetros por hora más de lo permitido, te enfrentas a una sanción de 100 euros, sin pérdida de puntos en el carnet. Después, se pierden dos puntos con multa de 300 euros por superar entre 30 y 50 kilómetros por hora más el límite. A partir de ahí, cada 10 kilómetros por hora más, se incrementa la cantidad de la multa con 400 y 500 euros, unido a una pérdida de cuatro y seis puntos.
Después de esos límites, se incurre en infracción muy grave, siendo la multa máxima posible de 600 euros junto a la pérdida de seis puntos igualmente.
Límite (km/h) | |||||
Grave | Muy Grave | ||||
30 | 31/50 | 51/60 | 61/70 | 71/80 | 81+ |
40 | 41/60 | 61/70 | 71/80 | 81/90 | 91+ |
50 | 51/70 | 71/80 | 81/90 | 91/100 | 101+ |
60 | 61/90 | 91/110 | 111/120 | 121/130 | 131+ |
70 | 71/100 | 101/120 | 121/130 | 131/140 | 141+ |
80 | 81/110 | 111/130 | 131/140 | 141/150 | 151+ |
90 | 91/120 | 121/140 | 141/150 | 151/160 | 161+ |
100 | 101/130 | 131/150 | 151/160 | 161/170 | 171+ |
110 | 111/140 | 141/160 | 161/170 | 171/180 | 181+ |
120 | 121/150 | 151/170 | 171/180 | 181/190 | 191+ |
Multa | 100€ | 300€ | 400€ | 500€ | 600€ |
Puntos | – | 2 | 4 | 6 | 6 |
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Otras infracciones con pérdida de puntos incluida
– Conducir con el permiso suspendido: -4 puntos y 200 euros a pagar.
– No llevar el cinturón de seguridad u otros sistemas de retención y/o usar el móvil u otro dispositivo mientras conduces: -3 puntos y 200 euros. Misma sanción por cambiar de sentido en zona prohibida.
– No respetar la distancia de seguridad, las señales de agentes de tráfico o dar marcha atrás en autopistas o autovías: -4 puntos y 200 euros.Misma sanción por adelantar poniendo en peligro a los ciclistas, realizar adelantamientos indebidos, no respetar la prioridad ni las señales o arrojar a la vía objetos que puedan suponer un peligro.
– Conducir sin el carnet apropiado para el vehículo que se maneje: -4 puntos y 500 euros.
– Alterar el uso del tacógrafo o el limitador de velocidad del vehículo: -6 puntos y 500 euros. Igual sanción por reducir el tiempo de descanso en la conducción en un 50 % o conducir de forma temeraria.
– Superar la tasa de alcohol permitida en sangre o negarse a realizar la prueba de alcoholemia o drogas también está castigado en ese nivel de -6 puntos y 500 euros a pagar, además de una pena de cárcel que va de 3 meses a 1 año, junto a la retirada del carnet durante 1 y 4 años, en el último caso.
– Por último, se castiga con hasta 1000 euros circular bajo los efectos de las drogas.
Infracciones que suponen pérdida de puntos
1. Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro aire espirado): Superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años) Superiores a 0,25 hasta 0,50 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años) | 6 puntos 4 puntos |
2. Conducir con presencia de drogas en el organismo. | 6 puntos |
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. | 6 puntos |
4. Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales. | 6 puntos |
5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros u otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. | 6 puntos |
6. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción minorara en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. | 6 puntos |
7. Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. | 6 puntos |
8. Conducir sin la clase de permiso o la licencia necesarios. | 4 puntos |
9. No respetar la prioridad de paso las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo. | 4 puntos |
10. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. | 4 puntos |
11. Realizar adelantamientos indebidos. | 4 puntos |
12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. | 4 puntos |
13. Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas. | 3 puntos |
14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. | 4 puntos |
15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación. | 4 puntos |
16. No respetar la distancia de seguridad. | 4 puntos |
17. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención. | 3 puntos |
18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. | 3 puntos |
19. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo. | 4 puntos |
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros. | 3 puntos |