¿Qué documentación debo llevar en mi vehículo?

A día de hoy (2021), sólo hay tres documentos que son obligatorios si no se quiere recibir una multa: el permiso de conducir, el certificado de inspección del vehículo y el certificado de inspección técnica del vehículo.

En España es obligatorio llevar una serie de documentos como garantía de que se cumplen las leyes y normas necesarias para conducir con seguridad. Estos documentos son lo primero que le pedirá un agente de policía si le da el alto o si se ve implicado en un accidente.

  • El primero es el permiso de conducir, que debes tener si quieres conducir, o si estás en proceso de obtenerlo, debes llevar un permiso temporal expedido por la Jefatura de Tráfico.
  • El segundo documento que debe llevar es el permiso de circulación. Este documento es la prueba de la matriculación y autoriza al vehículo a circular por las vías públicas. Contiene los datos del propietario e información técnica sobre el vehículo.
  • Si el vehículo ha pasado la ITV (Inspección Técnica de Vehículos), debes llevar también la tarjeta de inspección técnica del vehículo. En él se indica el kilometraje y la validez de este permiso, y se certifica que el vehículo cumple todos los requisitos para una conducción segura. También debe tener una pegatina de la ITV , si no sabes donde poner la pegatina de la ITV, tenemos un artículo que te interesa.

Puede que algunos conductores no lo sepan, pero desde 2008 ya no es necesario llevar en el vehículo la póliza del seguro y el recibo del último pago. Los agentes pueden comprobar si está asegurado in situ sin tener que ver estos documentos. Sin embargo, puede acelerar el proceso guardándolos en la guantera.

Si no lleva estos documentos consigo, se le impondrá una multa de 10 euros por copia. Las fotocopias tradicionales no son válidas y sólo se aceptan copias certificadas (sólo cuando se viaja dentro de España).

Llevar un permiso de conducir caducado o con una dirección que no coincida con el DNI supondrá una multa de 80 euros. Se le impondrá una multa de hasta 500 euros y una detracción de 4 puntos si conduce un vehículo no autorizado o presenta un permiso de conducir falso o ajeno; se le impondrá una multa de entre 100 y 500 euros si no pasa la ITV o si está caducada; y, por último, se le impondrá una multa de entre 600 y 3.000 euros si no está asegurado.

Esperamos que os haya gustado el artículo, cualquier duda no dudéis en contactar con nosotros por nuestras vías habituales, WhatsApp al 633 47 97 93 o al email info@forohomologar.com

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